Un edificio sin gas natural no se conecta a la red de un día para otro. Antes de que una sola vivienda pueda contratar el suministro, la finca necesita una acometida desde la calle y una instalación común que reparta el gas hasta cada planta.
Esa decisión no la toma un vecino por su cuenta: se vota en junta, se presupuesta y se tramita con la distribuidora. Conviene conocer el orden de los pasos antes de convocar a nadie.
Como instalador autorizado Naturgy en Rivas-Vaciamadrid, acompañamos a comunidades de vecinos del sureste madrileño y del resto de la Comunidad de Madrid. Aquí explicamos cómo se encadena el proceso, desde la votación hasta el alta de cada vivienda.
Qué tramos tiene la instalación de gas de un edificio
El reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos divide la instalación en tramos con funciones y responsables distintos. Entenderlos ayuda a comparar presupuestos y a repartir costes sin malentendidos.
- Acometida: el ramal que une la red de la calle con la finca, hasta la llave de acometida. Se tramita con la distribuidora.
- Acometida interior: el tramo entre la llave de acometida y la llave del edificio.
- Instalación común (IRC): desde la llave del edificio hasta las llaves de abonado, incluidos los montantes que suben por las zonas comunes.
- Instalación individual (IRI): la de cada vivienda, desde su llave de abonado hasta la llave de conexión de cada aparato.
La instalación receptora común reparte el gas por el edificio; la individual lo lleva dentro de cada vivienda. Sin la primera, el edificio no tiene por dónde recibir el gas.
Primer paso: confirmar que hay red y que la conexión es viable
Antes de convocar la junta hay que saber si la calle tiene gas canalizado y si la distribuidora puede conectar la finca. En la Comunidad de Madrid operan Nedgia, del grupo Naturgy, y Madrileña Red de Gas, según el municipio.
La distribuidora estudia la solicitud y comunica el coste, el plazo de construcción y la validez del presupuesto. Madrileña Red de Gas, por ejemplo, publica un modelo de solicitud de gas en finca que cubre la acometida y la instalación común.
Si tu comunidad tiene calefacción central de gasóleo y quiere cambiarla, el punto de partida es otro: lo contamos en nuestro artículo sobre pasar de gasóleo o butano a gas natural.
Y si lo que se plantea es repartir los consumos de una calefacción central que ya existe, es una decisión distinta, que analizamos en calefacción central o contadores individuales.
Acuerdo de junta: qué mayoría hace falta
La Ley de Propiedad Horizontal lo pone fácil. Según el artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal, las infraestructuras necesarias para acceder a nuevos suministros energéticos colectivos pueden aprobarse a petición de cualquier propietario.
El acuerdo requiere el voto favorable de un tercio de los propietarios que representen, a su vez, un tercio de las cuotas de participación. Ambos requisitos deben cumplirse a la vez.
No hace falta unanimidad para llevar el gas a la finca: basta un tercio de propietarios que sumen un tercio de las cuotas.
Reparto de costes: la comunidad no puede repercutir la instalación ni su conservación posterior a los propietarios que no votaron expresamente a favor en la junta. Si luego solicitan el gas, pueden hacerlo abonando lo que les habría correspondido, actualizado con el interés legal.
Qué debe incluir la propuesta que se lleva a la junta
Un acuerdo bien votado empieza por una propuesta cerrada. Antes de la votación conviene reunir:
- La confirmación de la distribuidora de que la finca puede conectarse.
- Un presupuesto que detalle acometida interior, instalación común y recinto de contadores.
- El criterio de reparto de costes entre quienes se apuntan.
- De quién será la instalación común una vez terminada.
El orden importa: primero viabilidad, después presupuesto y solo entonces votación. Votar antes de saber si la acometida es viable suele acabar en una segunda junta.
Quién paga la instalación común y de quién será después
El coste de la instalación común lo asumen los propietarios que aprueban la obra y se apuntan, según establece la ley. Conviene dejar en el acta quién se compromete y con qué reparto.
La propiedad de la instalación común también debe quedar clara. Según el modelo de solicitud de Madrileña Red de Gas, la mantiene la distribuidora si conserva su propiedad, y la comunidad si la construye o la adquiere.
Antes de votar, pide que el presupuesto indique de quién será la instalación común al terminar la obra: de eso depende quién paga las reparaciones futuras.
Cómo se ejecuta la instalación común
La obra la realiza una empresa instaladora de gas habilitada. Incluye la acometida interior hasta la llave del edificio, la tubería común, los montantes por las zonas comunitarias y el recinto donde se agrupan los contadores.
En edificios ya construidos, cuando no es posible centralizar los contadores, pueden instalarse dentro de las viviendas. El diseño de esos recintos lo regula la norma UNE 60670-5 sobre recintos de contadores de gas; sus valores concretos deben verificarse en la edición vigente.
Pruebas, certificado y puesta en servicio
Al terminar se hacen las pruebas de estanquidad y se emite el certificado de la instalación común. Según la potencia, puede exigirse además un proyecto técnico: lo explicamos en nuestro artículo sobre el boletín de instalación de gas natural en Madrid.
Para distinguir cada documento y saber cuándo se pide, repasa los tipos de certificados de gas y cuándo son necesarios.
Consejo práctico: si varias viviendas ya quieren gas, planifica sus instalaciones individuales a la vez que la común. Se evitan visitas y obras repetidas en las zonas comunitarias.
El alta de cada vivienda: la instalación individual
La obra común no da gas a nadie por sí sola. Cada propietario que se conecta necesita su instalación individual, su certificado y su contrato con una comercializadora.
- Instalación individual hasta los aparatos, ejecutada por una empresa habilitada.
- Certificado de esa instalación, que acredita las pruebas y el cumplimiento de la normativa.
- Contrato con la comercializadora, que solicita el alta a la distribuidora en nombre del cliente.
- Validación de la distribuidora y puesta en servicio del suministro.
En Waris Energía nos encargamos de esa tramitación con la distribuidora y la comercializadora para cada vivienda, de modo que el vecino solo tiene que elegir su tarifa.
Sobre ayudas, no des ninguna por hecha: las convocatorias cambian y tienen requisitos propios. Revisa la convocatoria vigente antes de comprometerte y consulta nuestra página de subvenciones para instalar gas natural.
Después de la obra: inspecciones y mantenimiento
La instalación común debe inspeccionarse cada cinco años, dentro del año natural de vencimiento. Responde de que se haga su titular: normalmente la comunidad en la parte común, y cada propietario en su vivienda.
Conviene apuntar la fecha de vencimiento en el calendario de la comunidad y encargar el trámite al administrador, para no llegar tarde a una inspección obligatoria.
Los pasos del procedimiento están en nuestra página de inspección obligatoria del gas natural. Agremia recoge además consejos sobre las inspecciones periódicas de gas con las preguntas más habituales sobre el proceso.
Cómo lo hacemos en Waris Energía
Somos empresa colaboradora e instaladora autorizada de Naturgy, con técnicos certificados en plantilla, flota propia y más de 20 años de experiencia desde nuestra sede en Rivas-Vaciamadrid.
Revisamos la finca, te ayudamos a preparar la propuesta para la junta, ejecutamos la instalación común y las individuales de quienes se apuntan, y gestionamos toda la tramitación con la distribuidora por ti.
Solicita tu presupuesto sin compromiso — instalador autorizado Naturgy — desde nuestra página de contacto o llámanos al 914 342 170. Todo lo que cubrimos está en instalación de gas natural en Madrid.
Preguntas Frecuentes sobre gas en comunidades
¿Qué mayoría necesita una comunidad de vecinos para instalar gas natural?
Según el artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal, las infraestructuras necesarias para acceder a nuevos suministros energéticos colectivos pueden acordarse, a petición de cualquier propietario, con el voto favorable de un tercio de los integrantes de la comunidad que representen, a su vez, un tercio de las cuotas de participación. No hace falta unanimidad.
¿Quién paga la instalación común de gas y qué ocurre con los vecinos que no quieren gas?
La comunidad no puede repercutir el coste de la instalación ni el de su conservación posterior a los propietarios que no votaron expresamente a favor del acuerdo en la junta. Si más adelante solicitan el suministro, pueden acceder a la instalación abonando el importe que les habría correspondido, actualizado con el interés legal.
¿Cuánto tarda en llegar el gas natural a un edificio sin red?
Depende sobre todo de la acometida. La distribuidora estudia la solicitud y comunica el coste, el plazo de construcción y la validez del presupuesto, y es ella quien marca el plazo de la obra en la calle. Después se ejecutan la instalación común y las individuales, y cada vivienda tramita su alta. Por eso conviene confirmar la viabilidad antes de la junta.
¿Quién se encarga del mantenimiento y de las inspecciones de la instalación común?
La instalación común debe inspeccionarse cada cinco años, dentro del año natural de vencimiento. Normalmente responde de ello su titular, que suele ser la comunidad. El mantenimiento depende de quién sea propietaria de la instalación, la distribuidora o la comunidad, algo que conviene dejar fijado antes de votar.
¿Puede un vecino conectarse al gas más tarde, cuando la instalación común ya está hecha?
Sí. Quien no votó a favor puede solicitar el acceso más adelante y abonar la parte que le habría correspondido, debidamente actualizada con el interés legal. Después necesita su instalación individual, su certificado y el contrato con una comercializadora, igual que el resto de viviendas.